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Explotación en cultivación de champiñones no demostrada; condena mucho menor de prisión

Iede de VriesIede de Vries

Tres hombres y una empresa cultivadora de champiñones en Limburgo han sido condenados en apelación a penas considerablemente menores que las inicialmente impuestas por el tribunal. Las centenas de trabajadores polacos afectados que realizaban labores temporales no recibirán ningún pago adicional ni indemnización.

La semana pasada, el director de la empresa fue condenado a 9 meses de prisión en lugar de dos años, por falsificación de documentos y por posesión de armas y municiones. El Tribunal de Apelación consideró que no se demostró suficientemente que hubiera existido trabajo forzado o explotación.

En 2012, la policía realizó una redada en la empresa tras denuncias de que se explotaban a 600 trabajadores polacos. Los cientos de trabajadores temporales polacos debían realizar su trabajo en condiciones muy precarias. Además, debían entregar parte de su salario para alojamiento, comida y seguros médicos.

También se les pagaba por debajo del salario mínimo. La empresa fue multada entonces con 75.000 euros y poco después de la redada fue declarada en quiebra.

El tribunal de apelación dio por probado que el director ordenó la falsificación de documentos, incorporando en el sistema de control de horas de los trabajadores polacos módulos de reducción y redondeos injustos. Esto provocaba que se registraran menos horas de las trabajadas y que las nóminas no reflejaran las horas reales laboradas.

Según los jueces, aunque hubo mala gestión por parte del empleador, esto no implica que haya habido explotación laboral o esclavitud moderna. No se encontraron indicios suficientes en el expediente de explotación de los trabajadores polacos ni de un trato sistemáticamente deficiente.

La empresa utilizaba un “software fraudulento”: los mencionados módulos de reducción en los tiempos de registro, que causaban que los trabajadores polacos recibieran menos dinero. El hombre que desarrolló este software fue condenado ahora a realizar 60 horas de trabajo comunitario.

El otro hombre responsable de la administración de salarios fue condenado en apelación a 240 horas de trabajo comunitario. Esta pena es menor que los 6 meses de prisión que le impuso inicialmente el tribunal, principalmente porque el caso se juzga casi diez años después.

El Ministerio Público había solicitado una indemnización para los trabajadores polacos afectados. El tribunal rechazó esa petición, porque no es sencillo determinar la cuantía del daño sufrido por los trabajadores.

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Este artículo fue escrito y publicado por Iede de Vries. La traducción fue generada automáticamente a partir de la versión original en neerlandés.

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